jueves, 29 de agosto de 2013

GOBIERNO





San Quintín es una ciudad costera perteneciente al municipio de  Ensenada en el Estado de Baja California. El periódico El economista escribe un artículo respecto a la problemática existente en tal localidad, como la pobreza, carencia de servicios y falta de empleo a pesar de que  es basto en sus recursos naturales tales como la fauna marina, la minería y agricultura así como una boyante  actividad turística.

Este tema no es reciente pues desde hace varios años se ha estado buscando ya el proceso de municipalización de San Quintín. El 28 de Agosto del presente año el Gobernador del Estado, quien en meses pasados había vetado el decreto del  Congreso del Estado para establecer la creación del nuevo municipio, se reunió con los integrantes del comité Pro municipalización de San Quintín prometiendo la culminación de los planes de trabajo para concretar la municipalización de San Quintín. La razón que dio para vetar tal decisión fue la de que se necesitaba un análisis técnico minucioso acerca de la información cartográfica, documental y física existente.

Pienso que el ánimo por municipalizarse se da, entre otras cosas, por el centralismo tan marcado que hay en las cabeceras municipales respecto a las localidades, sobre todo periféricas o limítrofes, donde surgen aspectos de abandono, dependencia económica y política, con gobiernos alejados de las  necesidades de la población y una falta de identidad entre unos y otros.

Lo anterior despierta en la población un sentimiento de independizarse y hacer del proceso de municipalización una palanca para el desarrollo.

A pesar de que la creación de nuevos municipios sea facultad exclusiva de las legislaturas estatales este tema guarda una estrecha vinculación con el artículo 115 constitucional pues la nueva organización municipal tendrá que tomar en cuenta los diferentes postulados que ahí se señalan tales como el gobierno, la hacienda, los servicios públicos municipales entre otras cosas, la población ha demostrado que tiene la capacidad de organizarse pues ha propuesto esta independencia respecto del municipio de ensenada como solución al abandono y rezago económico que padece la comunidad.


Esta situación puede ser aprovechada como marketing político por lo tanto es prioritario que se solucione. ¿Qué opinan?

viernes, 23 de agosto de 2013

GOBIERNO


http://www.eluniversal.com.mx/estados/2013/diputados-exhortan-separar-iglesia-estado-944588.html

Tenemos aquí un asunto interesante pues el jueves 22 de agosto los diputados de Hidalgo  exhortaron mediante un oficio al presidente municipal de Ixmiquilpan a que cumpliera la normatividad mexicana ya que éste colocó la banda presidencial sobre el Cristo de Jalpan, violentando así el principio de separación iglesia-Estado enunciado en el artículo 130 constitucional

Bien sabemos que este principio tiene una importancia histórica en nuestro país pues por mucho tiempo la iglesia fue un factor real de poder realmente importante en la toma de decisiones de México, la lucha por su separación fue vehemente, aún así en varias comunidades del país la iglesia toma un papel importante incluso para la política del mismo municipio.

No es desconocido que en muchos pueblos se vean involucradas autoridades eclesiásticas en varias festividades derivados de sus usos y costumbres, incluso acuden autoridades municipales y en algunos ritos se inmiscuyen ambas autoridades.

Ahora bien, la constitución posee estos dos principios, el de laicicidad y el de protección a los usos y costumbres de las comunidades, lo que nos lleva a hacer un examen de ponderación que es estudiado por Robert Alexy, sin embargo este estudio ya selleva acabo por un órgano jurisdiccional, lo cuál no es el caso.

Otra cuestión de estudio es que en la fracción  III del artículo 115 constitucional se señala que los presidentes municipales en el desempeño de sus funciones deberán cumplir con lo dispuesto por las leyes federales y estatales y claro esta, por los postulados constitucionales y vamos por la misma tesitura, ¿que debe prevalecer, la separación iglesia Estado establecida en el marco normativo mexicano o el respeto a los usos y costumbres.?

De acuerdo a la nota periodística en el municipio de referencia se ha celebrado esta tradición cada año desde 1947 ya sea por panistas o priistas ¿por qué hasta ahora se hace el llamado al presidente municipal para que respete el artículo 130 constitucional?

¿Qué hay de trasfondo? ¿Qué opinión tienen?  

jueves, 15 de agosto de 2013

SEGURIDAD

http://www.eluniversal.com.mx/estados/2013/alcalde-aquila-funciones-michoacan-942828.html

Autodefensa de Aquila, Michoacán, en conferencia de prensa. Foto: Enrique Castro
Autodefensa de Aquila, Michoacán, en conferencia de prensa.
Foto: Enrique Castro
Tomo esta nota pues llama mi atención ya que trata nuevamente de los grupos de autodefensa, esta vez en el Estado de Michoacán. Los hechos toman lugar en el municipio de Aquila donde 45 personas fueron detenidas por diferentes delitos, entre ellos posesión de armamento de uso exclusivo del Ejército, secuestro, lesiones, robo calificado y violación de domicilio.

Es importante mencionar que el pasado 24 de julio el grupo de autodefensa de la localidad al anunciar su creación tomó las instalaciones del Palacio Municipal.

El día jueves 15 de agosto del presente año, el Presidente municipal, los regidores y los síndicos regresaron al Palacio Municipal para retomar sus funciones de gobierno.

Pienso que de esta nota hay muchos temas de los que se pueden hablar, la cuestión de que las autoridades municipales no estuviesen en funciones, la intervención del ejército en el municipio y la posible asociación con el narcotráfico.

Nos centraremos esencialmente, como se menciona en el título, en el tema de la seguridad y empezaremos mencionando el apartado constitucional conducente:

Art 115, fracción VII La policía preventiva estará al mando del presidente municipal en los términos de la Ley de Seguridad Pública del Estado. Aquélla acatará las órdenes que el Gobernador del Estado le transmita en aquellos casos que éste juzgue como de fuerza mayor o alteración grave del orden público.
El Ejecutivo Federal tendrá el mando de la fuerza pública en los lugares donde resida habitual o transitoriamente;
Durante la detención de las 45 personas hubo un momento en el que surgió un tiroteo el cuál duró aproximadamente 20 minutos poniendo en riesgo a los pobladores de la comunidad. En el supuesto hay intervención del Ejercito ni siquiera es la policía municipal la que interviene acatando las órdenes del presidente municipal o del gobernador, quien en todo caso hubiese sido el que constitucionalmente esta facultado para operarlos en caso de una alteración grave del orden público como lo es en el presente caso.

Hay muchas opiniones en torno a este tema pues de la lectura de diversas notas periodísticas notamos que los pobladores de la comunidad de Aquíla defienden al grupo de autodefensa considerándolos, incluso como una especie de policía de la comunidad pues temen a otro tipo de delincuencia, la organizada.


Pienso que este tema tiene un trasfondo que realmente se desconoce, hay un umbral, pues los medios de comunicación probablemente solo nos muestran las anomalías de los grupos de autodefensa que si bien no están justificados en su actuar debe haber una razón por la cual tomen las armas ¿Qué les preocupa realmente a los pobladores de Aquila? ¿Son habitantes preocupados porque el narcotráfico no los subsuma o son apoyados por este para enfrentarse a las autoridades? ¿Qué opinan?

miércoles, 7 de agosto de 2013

Guerrero: liberan a militares y funcionarios retenidos de EL UNIVERSAL

Link de la noticia: http://www.eluniversal.com.mx/estados/2013/impreso/guerrero-liberan-a-militares-y-funcionarios-retenidos-91949.html

Comunitarios de Guerrero bloquean carretera y retienen a militares. Foto: José Luis de la Cruz
Foto: José Luis de la Cruz

Los hechos a que hago referencia en esta noticia toman lugar en el Estado de Guerrero, en la zona de la Costa Chica la cual comienza en el límite este y sureste del municipio de Acapulco de Juárez y se extiende hasta la costa central del estado de Oaxaca, pues sus pobladores liberaron el día de hoy 7 de agosto a 70 personas retenidas de las cuales figuran militares y funcionarios. Esto debido a las reuniones que se entablaron para el día de hoy y mañana jueves con las autoridades locales y federales respectivamente.

Los militares y funcionarios fueron retenidos porque el pasado lunes 5 de agosto  soldados detuvieron en un retén a cinco miembros del grupo de autodefensa y les decomisaron igual número de armas de grueso calibre, violentando así el pacto celebrado entre la Unión de Pueblos y Organizaciones del Estado de Guerrero (UPOEG) y el Ejercito.

La manifestación del grupo de autodefensa se justifica por el hecho de que soldados del ejército mexicano se instalaron en una zona arqueológica ubicada en El Pericón donde se encontraron posibles indicios de que en ese lugar se practicaba la tortura.

Fundamento Constitucional:
Artículo 10. Los habitantes de los Estados Unidos Mexicanos tienen derecho a poseer armas en su domicilio, para su seguridad y legítima defensa, con excepción de las prohibidas por la Ley Federal y de las reservadas para el uso exclusivo del Ejército, Armada, Fuerza Aérea y Guardia Nacional. La ley federal determinará los casos, condiciones, requisitos y lugares en que se podrá autorizar a los habitantes la portación de armas.

Artículo 6o. La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, la vida privada o los derechos de terceros, provoque algún delito, o perturbe el orden público; el derecho de réplica será ejercido en los términos dispuestos por la ley. El derecho a la información será garantizado por el Estado.


En mi opinión el grupo de autodefensa en Guerrero es un fenómeno social muy interesante pues ha presionado a diversas autoridades a realizar acuerdos para permitirles circular con armas de grueso calibre lo cual es algo extraordinario y prohibido por la constitución, ésta también señala que  la libertad de expresión termina cuando se perjudiquen derechos de terceros y los bloqueos carreteros evidentemente son una muestra de tal enunciado.

Estos acontecimientos son muestra clara de que la realidad y la política tienden a rebasar el marco normativo pues es una situación que el gobernador del Estado de Guerrero, Aguirre Rivero, no ha sabido controlar a pesar de que en la constitución están claramente prohibidas dichas conductas.

Pero ¿qué está detrás de la formación de este tipo de grupos de autodefensa?, la respuesta es clara, los habitantes de estos municipios tienen un hartazgo respecto al gobierno pues no se respetan sus derechos y prevalece la impunidad en sus localidades debido a la falta de presencia institucional en sus territorios. En resumen, carece el imperio de la ley.

Ahora bien, ¿está justificada la violación de la constitución por parte de los pobladores de estas localidades si las autoridades lo hacen previamente?¿que opinas?