El día de hoy en la Jornada
se publicó una nota referente a la pensión de funcionarios municipales, lo cual
en principio no tiene nada de sobresaliente, sin embargo se informa que en el ayuntamiento
de Ciudad Juárez basta con estar 15 años en servicio para poder jubilarse ya
que así lo establece el contrato colectivo de trabajo.
Aquí están los datos duros:
“El síndico José Luis
Canales de la Vega precisó que los 2 mil 402 jubilados, de los 8 mil 828 funcionarios
que tiene la alcaldía, absorben 20.37 por ciento del presupuesto de nómina, de
283.2 millones de pesos al año.
La semana pasada 20
empleados sindicalizados solicitaron su jubilación por contar con 15 años de
antigüedad, además de cinco funcionarios de primer nivel, entre ellos los
regidores Daniel Navejas, María Eugenia García Hernández y Xóchitl Contreras
Herrera, del PRI, del PRD y del PAN, de 44, 40 y 39 años de edad,
respectivamente, aunque al final el panista retiró su petición.”
Daniel Navejas y Xóchitl
Contreras retiraron sus solicitudes debido a la fuerte crítica que han recibido
en las redes sociales. En periódicos locales se dice que la regidora Xóchitl Contreras
ni siquiera cumplía con los requisitos mínimos y presento la información de su
hermano Hiram Apolo Contreras.
La fracción IV del artículo
115 constitucional señala esencialmente que los municipios administrarán
libremente su hacienda y que los recursos que la integran serán ejercidos en
forma directa por los ayuntamientos empero no hay mecanismos efectivos de
rendición de cuentas.
Este gasto adicional a la
pensión por la jubilación de funcionario municipales implica una derrama de
recursos importante para el municipio. No es justificable la pensión que se les
otorga a funcionarios municipales que han prestado sus servicios tan sólo por
15 ya que la mayoría de los solicitantes aún se encuentran en una edad productiva.
Es irracional el
mantenimiento que otorga el gobierno municipal a los referidos exfuncionarios
ya que aún están en posibilidades de incorporarse al mercado laboral, el objetivo del establecimiento de una pensión
es la protección del ciudadano que haya prestado sus servicios en un tiempo considerable
y que ya no se encuentre en posibilidades de incorporarse al mercado laboral,
sin embargo los funcionarios no se encuentran en tal supuesto.
Es un abuso por parte de las
autoridades debido que al jubilarse a una edad productiva viven del erario
público que podría destinarse a otros sectores, como a los servicios públicos
por ejemplo.
Me parece que aunque se les permita constitucionalmente a los municipios administren libremente su hacienda y que los recursos sean ejercidos en forma directa por los ayuntamientos, no es una causa para que decidan que se pueden jubilar a los quince años y vivan del erario público, ya que si bien la jubilación es un acto administrativo mediante el cual un trabajador pasa una situación de inactividad laboral, después de alcanzar una determinada edad máxima legal para trabajar se le permite abandonar la vida laboral y obtener una retribución por el resto de su vida, no lo están haciendo ya que estas personas aún pueden seguir laborando y aportando beneficios en su trabajo sin ningún impedimento.
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